Electricidad en Baja Tensión.
Inspecciones Reglamentarias.
Normativa de aplicación.
En aplicación del R.E.B.T. (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión), aprobado por el R.D. 842/2002, de 2 de agosto y que entró en vigor con carácter obligatorio el 18 de septiembre del 2003, y en particular, según su Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 05 “Verificaciones e inspecciones”, se prescribe la realización de inspecciones iniciales y periódicas para determinadas instalaciones eléctricas en baja tensión.
Inspecciones Iniciales.
Para la puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en baja tensión se necesita un Certificado de Inspección Reglamentaria emitido por un Organismo de Control Autorizado O.C.A. tramitado en el órgano competente en materia de Seguridad Industrial de la Comunidad Autónoma donde radique la instalación.
Serán objeto de inspección inicial por O.C.A. (Organismo de Control Autorizado):
Las instalaciones nuevas, según lo prescrito en la ITC-BT 05
Las ampliaciones o modificaciones de importancia de las instalaciones señaladas en la anterior ITC